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NOTICIAS NULIDAD CLAUSULA GASTOS HIPOTECARIOS

INFORMACIÓN RELATIVA A LA NOTA DE PRENSA DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN 1211/2017 Y 1518/2017 PUBLICADA POR EL GABINETE TÉCNICO DE LA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO EL 28 DE FEBRERO DE 2018 RESPECTO AL ALCANCE DE LA NULIDAD DE LA CLAUSULA DE GASTOS HIPOTECARIOS.

Desde Lex&com Abogados queremos manifestar nuestro parecer en relación a la reciente Noticia que se está publicando en los medios de comunicación acerca de la última Sentencia del Tribunal Supremo en relación con el alcance de la nulidad de la clausula de gastos hipotecarios de las escrituras de préstamo hipotecario.

A día de hoy no ha sido publicado aún el texto íntegro de la Sentencia, si bien sí nos hemos podido instruir de la nota de prensa que el departamento de comunicación del TS ha hecho llegar a los distintos medios.

A tenor de la misma, y a falta de ver la Sentencia, parece que el TS ha vuelto a cambiar el criterio, y finalmente ha decidido que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que pagaron por la constitución y posterior inscripción de dicho préstamo, no corresponde al Banco, sino que corresponde al cliente.

No obstante, existe una Directiva de la Unión Europea que dice lo contrario, siendo que la misma está por encima de lo que puedan resolver nuestros Tribunales. Algunas Asociaciones de Consumidores ya han anunciado que van a presentar el correspondiente Recurso ante el TJUE. Por tanto, y tal y como recomendamos cuando las reclamaciones por la retroactividad de la nulidad de la cláusula suelo estaba en auge, merece la pena esperar al veredicto de dicho Tribunal, que tenemos el convencimiento (como pasó con la cláusula suelo) resolverán a favor de los consumidores, tal y como lo prevé su Directiva, antes de seguir adelante con sus reclamaciones.

Quedamos a su entera disposición para cualquier duda o aclaración en nuestro correo electrónico juridico@lexandcom.es o a través de nuestro formulario de contacto.

Gracia Coloma.

Socia fundadora Lex&Com Abogados.

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